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ESLINGAS/CINTAS DE AMARRE

La normativa sobre estiba y amarre de la carga entró en vigor el 20 de mayo de 2018, fecha a partir de la cual Tráfico comenzará a multar las infracciones observadas por los agentes de la Guardia Civil. En un principio, las asociaciones de transporte dudaban sobre la posibilidad de que la dirección general de Tráfico estableciera un periodo transitorio de adaptación a la normativa, extremo que ha sido descartado por los responsables del departamento.

La responsabilidad sobre la estiba y amarre de la carga quedará reflejada en un documento denominado ficha de estiba, adaptado a las diferentes especialidades de transporte, y servirá para que los responsables de la carga acrediten la correcta sujeción de la mercancía a bordo del vehículo.

Así, las sanciones se producirán desde el mismo momento de la entrada en vigor del real decreto. Según la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), “nos enfrentamos a una normativa compleja y ambigua que, en contra de nuestra opinión, hace recaer la responsabilidad en caso de accidente en el conductor, en determinadas circunstancias, lo que choca de frente con la ley de Contrato de Transporte, que delimita claramente que la responsabilidad tanto de la carga como de la estiba es del cargador, a no ser que haya un pacto expreso y previo que indique lo contrario”.

Para Fenadismer, “la legislación en materia de contratación de transporte atribuye la responsabilidad de las labores de carga de la mercancía en el vehículo a la empresa cargadora, salvo en el transporte de paquetería o carga fraccionada“.

Según datos de la Comisión Europea, uno de cada cuatro accidentes en los que se ven implicados vehículos de gran tonelajeestá relacionado con una incorrecta estiba o una deficiente sujeción de la carga. En Bélgica por ejemplo, la mala estiba es la sanción más frecuente en el transporte de mercancías peligrosas, mientras que en España apenas hay sanciones ni infracciones por este motivo; según los últimos datos proporcionados por la DGT sobre sus controles rutinarios a camiones y vehículos de transporte profesional, el 7,5% de las infracciones puestas fueron por el mal posicionamiento de la carga y por su deficiente sujeción. Y eso que la Asociación Profesional de Empresas Formadoras en Logística, Transporte y Seguridad Vial ha calculado que alrededor del 22% de los camiones que posicionan mal la carga o hacen una sujeción incorrecta de la misma puede llegar a tener un accidente con víctimas…

Las multas por la inadecuada sujeción pueden ir desde los 200€ hasta los 500€ mientras que las sanciones por mala distribución pueden llegar hasta los 4.000€, además, dependiendo de la gravedad de la infracción, puede llevar aparejada la inmovilización del vehículo.